viernes, 15 de febrero de 2008

EL PROCESO OPERATIVO DE EXPORTACIÓN EN PERU

A CONTINUACION SE PRESENTAMOS LOS PASOS PARA EXPORTAR DE PERU A OTRO PAIS:

:: Operación de preparación, documentación requerida y procedimientos aduaneros
Las operaciones de exportación deben ir acompañadas de una serie de documentos, generalmente exigidos por los clientes importadores y las regulaciones propias de los mercados de exportación, además de nuestras propias regulaciones.
Es importante la atención debida a estos requerimientos, de lo contrario pueden surgir problemas durante la salida del país, el ingreso y retiro de los productos en destino, generando costos por sobrestadía de la carga, multas, costos adicionales, hasta detención y rechazos de la mercadería.
Los principales documentos requeridos para la operación de exportación son:
Factura comercial: Emitida por el exportador a la orden del importador/comprador como constancia de la venta realizada. Contiene información sobre el precio pagado o por pagar que servirá de base para determinar la base imponible sobre el cual se pagarán los tributos de importación en el país comprador (nombre del importador, descripción de la mercancía, precio, lugar y condiciones definitivas de venta).
Conocimiento de embarque: Recibo que prueba el embarque de la mercancía, sin este título no se puede retirar la mercancía en el lugar de destino. De acuerdo a medio de transporte toma el nombre específico, Conocimiento de Embarque Marítimo o "Bill of Lading" si es por vía marítima; Conocimiento de Embarque Aéreo "Airway Bill", si es por vía aérea o Carta de Porte, para transporte terrestre. Este documento consigna información sobre el flete pagado o por pagar, que dependiendo del país importador formará parte de la base imponible sobre la cual se pagarán los tributos y aranceles de importación.
Póliza de seguro: Si el Incoterm elegido implica la obligación del vendedor de contratar un seguro de transporte a favor del comprador, entonces el exportador deberá adquirir una póliza de seguros (cobertura acordada por ambas partes) ante una compañía aseguradora. Opcionalmente, el comprador puede contratar el seguro por su cuenta.
Certificado de origen: Permite identificar y garantizar la procedencia de las mercancías, permitiendo a los exportadores hacer uso de las preferencias arancelarias que otorga el país importador. Este documento lo extienden las Cámaras de Comercio tanto de Lima como las de Provincias.
Certificado fitosanitario, para productos frescos agrícolas y agropecuarios, expedido por SENASA.
Certificado zoosanitario, para las especies animales, expedido por SENASA
Certificado sanitario, extendido por DIGESA para alimentos y bebidas. Estos certificados (fito, zoo y sanitario) tienen por finalidad asegurar que los productos de exportación se encuentren exentos de plagas y enfermedades y que garanticen su inocuidad. Son emitidos por las autoridades sanitarias del país.
Certificado CITES: documento que se requiere para exportar animales y plantas y maderas, este documento se tramita en INRENA.
Lista de Empaque o "packing list": Emitida por el exportador, contiene los datos relativos al producto para facilitar su ubicación y manipuleo (detalle de todas las mercaderías embarcadas o todos los componentes de la misma mercadería).
Declaración de Aduanas: Documento aduanero que tiene carácter de Declaración Jurada. Es preparada por el agente de aduana contratado por el exportador y se utiliza para solicitar ante las Aduanas del país el despacho de exportación de mercancías nacionales y nacionalizadas (Véase procedimientos de exportación).
Orden de Embarque: Es preparada por el agente de aduana y se presenta al momento de solicitar el embarque de las mercancías.
Es importante aclarar que pueden existir más exigencias, tanto por el lado del país de destino como por el del importador, lo que puede implicar la presentación de algún documento adicional. Para el caso de Estados Unidos, la empresa exportadora deberá asegurarse de enviar la Notificación Previa de Alimentos Importados, una de las normativas requeridas en el marco de la Ley contra el Bioterrorismo. Esta Notificación se realiza de manera electrónica.

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